Pablo Motos, denunciado por promocionar "un tratamiento seudomilagroso contra el envejecimiento"

FACUA ha solicitado a los ministerio de Sanidad y Consumo que valoren abrir un expediente sancionador al presentador de 'El Hormiguero' por un post que ha compartido en redes sociales

Pablo Motos en la premiere de 'Laura Pausini - Un Placer Conocerte'. (Photo by Pablo Cuadra/Getty Images) / Pablo Cuadra

FACUA, la organización sin ánimo de lucro que vela por los derechos de los consumidores a nivel nacional, ha comunicado su decisión de denunciar a Pablo Motos por el vídeo que compartió hace una semana en sus redes sociales.

El presentador de El Hormiguero, junto a la doctora Anna Baeza de la clínica SHA Wellness, aseguraba estar sometiéndose a un tratamiento de "regeneración celular" para "luchar contra el envejecimiento [...] y el estrés crónico".

Desde la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios en Andalucía alegan que este método es seudomilagroso y carece de toda base científica, por lo que se han dirigido tanto al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 como al Ministerio de Sanidad para que "actúen en el marco de sus respectivas competencias frente a las distintas irregularidades cometidas" por ambos individuos en el vídeo que Motos publicaba en su cuenta de Instagram el pasado 27 de marzo.

"Esta es una de las máquinas más punteras del mundo en regeneración celular. Hoy la he podido probar en el @shawellness de Alicante con la @drannabaeza. Parece ciencia ficción. Ya os contaré. La sensación es súper placentera", compartía. La doctora Baeza, por su parte, decía públicamente que este método "neutraliza radicales libres" (moléculas inestables que se generan durante el metabolismo normal de las células y que influyen en la vejez). "Esa corriente va a estimular directamente el nervio vago. Si estimulamos el nervio vago, estimulamos y equilibramos el sistema simpático y parasimpático, y estamos luchando contra el estrés crónico", explica desde la habitación de la consulta.

La asociación, además, ha señalado la normativa legal vigente y ha presentado la denuncia por "promocionar un tratamiento con pretendida finalidad terapéutica sin base científica, una práctica prohibida según recoge el artículo 4 del Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria: "Cualquier clase de publicidad o promoción directa o indirecta, masiva o individualizada, de productos, materiales, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria" que incurran en una serie de prácticas, entre ellas "que atribuyan efectos preventivos o terapéuticos específicos que no estén respaldados por suficientes pruebas técnicas o científicas acreditadas y expresamente reconocidas por la Administración sanitaria del Estado".

Del mismo modo, lo realizado por el conductor del programa de Antena 3 también podría ser objeto de sanción al no incluir ningún mensaje que aclare que se trata de un acuerdo publicitario. Por ello, en FACUA piden que se abra una investigación para determinar si se tata de un caso de "publicidad encubierta" en caso de Pablo Motos "haya recibido una contraprestación económica o en especie por parte del centro promocionado".

Porque, tal y como recoge el artículo 26 de Ley de Competencia Desleal, de 1991, "se considera desleal por engañoso incluir como información en los medios de comunicación, comunicaciones para promocionar un bien o servicio, pagando el empresario o profesional por dicha promoción, sin que quede claramente especificado en el contenido o mediante imágenes y sonidos claramente identificables para el consumidor o usuario que se trata de un contenido publicitario".

Ana Escobar Rivas

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