Así puedes conseguir las ayudas de 600 euros del SEPE si tienes más de 50 años
Te contamos los requisitos para beneficiarte de estas bonificaciones

Oficina de empleo / Europa Press News
La dificultad para encontrar trabajo cuando uno cumple 50 años se ve cada vez más difícil. La situación de desempleo es algo que cada vez afecta a más personas, de ahí que desde el Estado hayan buscado dos prestaciones específicas para ayudar a dichas personas en desempleo: el subsidio por desempleo para mayores de 52 años y el Ingreso Mínimo Vital (IMV), ambas con el objetivo de reducir la desigualdad y el impacto del edadismo en el ámbito laboral.
Así puedes conseguir las ayudas de 600 euros del SEPE
El subsidio para mayores de 52 años, administrado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), está destinado a quienes han cotizado lo suficiente para obtener una pensión de jubilación en el futuro. Esta ayuda asciende a 480 euros mensuales, lo que equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), y permite cotizar a la Seguridad Social al 125% de la base mínima vigente.
Para solicitarlo, es necesario estar registrado como demandante de empleo, haber cotizado por desempleo al menos seis años y no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos.
- Estar en desempleo.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.
- Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.
Por otro lado, el Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva gestionada por la Seguridad Social, creada en 2020 para prevenir el riesgo de pobreza. Está disponible para personas que viven solas o en unidades de convivencia que cumplan requisitos como la residencia en España durante al menos un año, ingresos y patrimonio limitados y estabilidad en la convivencia. Las cuantías varían según el número de miembros en el hogar, desde 658,59 euros para una persona hasta un máximo de 1.449,39 euros para familias de cinco o más integrantes.
- Tener al menos 23 años
- Tener residencia legal y efectiva en España durante el último año
- Tener una renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales
- Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses
- No ser administrador de una sociedad mercantil