Bizum y Hacienda: qué cambia a partir del 1 de enero de 2026 y los bulos debes ignorar
Explicamos qué cambia de verdad y qué afirmaciones virales son falsas

Una persona manda un Bizum en su móvil. / Europa Press News
A partir del 1 de enero de 2026 entran en vigor varias medidas destinadas a adaptar el control fiscal al auge de los pagos digitales. El objetivo es mejorar la trazabilidad de la actividad económica profesional sin afectar a los intercambios privados entre particulares. Explicamos qué cambia de verdad y qué afirmaciones virales son falsas.
Desde enero de 2026, las entidades financieras deberán remitir a la Agencia Tributaria información mensual sobre la facturación recibida por autónomos, profesionales y empresas a través de medios electrónicos (Bizum, tarjetas y otras pasarelas). Se elimina el umbral informativo de 3.000 euros que operaba hasta ahora para ciertos cobros con tarjeta, de modo que no hay importe mínimo cuando se trata de ingresos vinculados a actividad económica. La finalidad es detectar patrones de cobro profesionales y reducir el fraude, no fiscalizar la vida cotidiana de los ciudadanos.
Bizum entre particulares: ningún cambio ni obligación de declarar
Una de las dudas más extendidas en redes es si habrá que declarar todos los Bizum entre amigos o familiares, o si estos se considerarán automáticamente donaciones. La respuesta oficial es no. El Ministerio de Hacienda ha aclarado que la nueva obligación de información solo afecta a cobros profesionales y que los pagos entre particulares quedan excluidos. Además, la información que recibirán las autoridades será agregada por negocio y mes, no operación por operación.
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Tarjetas de particulares: umbral anual de 25.000 euros para la información agregada
En el caso de usuarios particulares, la normativa prevé un informe anual detallado de movimientos con tarjetas solo cuando el volumen combinado de cargos y abonos supere los 25.000 euros al año. Esto no implica cambios en tu tributación ni una inspección automática, sino una mejora en la disponibilidad de datos para contrastes y cruces informativos.
Desmentido de bulos frecuentes
Desde que se anunciaron estos cambios en la normativa, muchos creadores de contenido han saltado a las redes para mandar mensajes de alerta sobre lo que vigilará Hacienda a partir del año que viene y la realidad es que muchas de las afirmaciones que han circulado son falsas o engañosas así que aquí desmentimos algunas de ellas:
“Hacienda vigilará y gravará cada Bizum entre particulares.”
Falso. Los pagos privados no se informan ni se declaran por esta reforma. La obligación se limita a facturación profesional y la información se reporta de forma agregada.
“Cualquier transferencia periódica a un familiar será considerada siempre una donación.”
Impreciso. La naturaleza del ingreso, no el medio de pago, determina su tratamiento fiscal. Ayudas periódicas pueden formalizarse como préstamo entre particulares o declararse como donación conforme a la normativa autonómica si corresponde; no hay un cambio automático por el uso de Bizum.
“Hacienda recibirá el detalle de todas las compras que haces.”
Falso. La Agencia Tributaria no exige el detalle de cada operación personal. En el ámbito profesional, la información que recibe es mensual y agregada por negocio; en particulares, el informe anual se activa solo si superas 25.000 euros en movimientos con tarjeta.












