La DGT confirma el carnet de conducir a los 17 años: estos son los requisitos
Un cambio en la normativa para todos los países miembros de la UE con el 'modelo alemán'

Una menor al volante de un coche / Carol Yepes
Hasta ahora, la posibilidad de conducir un vehículo estaba en manos únicamente de los mayores de edad en España. Sin embargo, un cambio en la normativa vigente ha hecho que esto cambie y que ahora los menores de 17 años también puedan tener un carnet de conducir. Eso sí, con condiciones.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha informado de que se ha producido un cambio en el el artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205 por el que se permite a los menores de esta edad sacarse el carnet de circulación. Es lo que se conoce como el 'modelo alemán'.
Un cambio legislativo que involucra a todos los países miembros de la Unión Europea pero que viene acompañado de ciertas condiciones.
LOS40
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Así será el carnet de conducir para los 17 años
Permiso de clase B
En primer lugar, desde la DGT advierten de que el permiso de conducir para los menores de 17 años será única y exclusivamente para la clase B.
Esto es, que autoriza a conducir turismos de hasta 3.500 kg de MMA (Masa Máxima Autorizada), diseñados para un máximo de 9 personas (conductor incluido), y remolques ligeros de hasta 750 kg.
No pueden ir solos
Desde la aprobación de esta nueva ley el pasado en noviembre del año pasado ya se estableció este requisito como imprescindible: nunca pueden ir solos al volante.

Menor acompañado al volante / Maskot

Menor acompañado al volante / Maskot
Por lo que siempre que vayan como conductores tendrán que ir con una persona adulta y experimentada en la conducción junto a ellos en el asiento del copiloto, solo hasta que cumplan la mayoría de edad.
Las normas del acompañante
Las reglas sobre no circular bajo los efectos del alcohol o las drogas no solo se aplican en el conductor/a (por supuesto), sino también en su acompañante.
Además, este copiloto debe tener una edad mínima: 24 años. O, en su defecto, ser titular de de un permiso de conducción de la categoría correspondiente a la de su “tutelado” expedido en la Unión y obtenido más de cinco años antes de convertirse en su acompañante.
¿Cuándo entra en vigor en España?
A pesar de que este cambio en la normativa afecta a todos los miembros de la UE, en España aún tiene que "transcribirse" este cambio. Y aunque desde la DGT garantizan que ya se ha creado un grupo de trabajo para poder hacerlo realidad, tienen como margen hasta el 26 de noviembre de 2028 para hacerlo.

Sandra Escobar
Periodista de LOS40.












