15 meses de prisión para José María López (GH Revolution) por abusos sexuales a Carlota Prado
El juzgado de lo Penal nº 18 ha dictado sentencia contra los hechos ocurridos en 2017
Cinco años han pasado desde que Gran Hermano Revolution vivió uno de los momentos televisivos más caóticos de todas sus ediciones, una agresión sexual por parte de uno de los concursantes hacia otra participante de la que ahora la Justicia ha dictado sentencia. José María López ha sido condenado a 15 meses de prisión como autor responsable de los abusos sexuales hacia Carlota Prado, cometido durante la participación de ambos en el reality.
Ha sido el juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid quien, además, ha condenado a cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto a la víctima y a indemnizar con 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado. Asimismo, respecto a esta cantidad también deberá responder Zeppelin Televisión S.A. en concepto de responsable civil subsidiario, pues ambos participantes estaban contratados por la misma.
Del mismo modo, la productora junto a Chubb European Group LTD deberá indemnizar a Carlota con una cantidad de 1.000 euros como resarcimiento por el daño ocasionado a la víctima a la hora de comunicarle lo sucedido en el programa. Con esto se refiere al momento en el que los responsables llevaron a Prado al confesionario y le mostraron las imágenes de la noche anterior, "sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como súper".
María Dolores Plaermo Suárez, la magistrada que ha llevado a cabo el caso, ha probado que "el programa organizó una fiesta en la que suministró bebidas alcohólicas a los concursantes". Asimismo, la sentencia afirma que previamente a la fiesta, Carlota solo "había cenado un plato de patatas fritas porque en la casa había escasez de alimentos, bebió una cantidad indeterminada de alcohol, no menos de cuatro chupitos de tequila o licor similar, que le condujeron a una intoxicación etílica, que se acentuó a medianoche". Además, se recalca que la víctima no recibió asistencia médica, sino que fue el acusado quien fue trasladado del dormitorio.
Aun sabiendo en el estado que se encontraba Carlota Prado, José María "le quitó los pantalones" y realizó bajo el edredón "movimientos de carácter sexual, pese a que esta le dijo 'no puedo'". Siguiendo en esta línea, la sentencia destaca que ella "levantó la mano queriendo decirle que parara" hasta en dos ocasiones. Las pruebas de que la víctima no era consciente han llevado a la Fiscalía a determinar que "Carlota Prado fue utilizada por el acusado como un objeto para satisfacerse a modo de juguete sexual".