A partir de esta edad podrás trabajar y cobrar la pensión en España
Esta nueva reforma introduce cambios en las distintas modalidades de las jubilaciones

Padre e hijo mirando el ordenador / Halfpoint Images
Abril ha llegado con cambios en las pensiones tras entrar en vigor un nuevo eje de la reforma que ha sido impulsado desde la legislatura del exministro José Luis Escrivá. Asimismo, esta reforma busca mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo a través de modificaciones que se hacen en la jubilación activa, parcial y demora.
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz ha querido hablar del objetivo principal de estas medidas, que no es otro que facilitar "a los trabajadores el tránsito hacia su jubilación" para que tengan "la suficiente flexibilidad para adaptarse a las condiciones y situaciones de cada uno de ellos".
Esta es la edad para jubilarte y cobrar la pensión
La jubilación activa ofrece a los empleados que han llegado a la edad de jubilación la posibilidad de combinar durante un período específico su pensión y su salario. De esta manera, pueden recibir simultáneamente el pago por su trabajo y la pensión, aumentando el porcentaje aplicado en el recibo de la prestación según una escala anual. A partir del primer año se podrá cobrar el 45% de la pensión en el primer ejercicio. Este porcentaje sube hasta el 100% en cinco años.
Jubilación activa
La jubilación parcial es una opción a la que se pueden acoger aquellos que están cerca de la edad de jubilación ordinaria. Se puede solicitar a partir de los 62 años y es más común que lo elijan las personas que desean disminuir gradualmente su carga laboral. En los casos en que la empresa tenga un trabajador reservista, se mejoran las condiciones para este, quien deberá tener un contrato indefinido y a tiempo completo.
- Pueden acceder tanto autónomos como trabajadores por cuenta ajena
- Haber cumplido la edad legal de jubilación
- Se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa
- Será compatible con incentivos de demora
Jubilación parcial
- La opción de adelantar la jubilación parcial se extiende de dos a tres años.
- Durante el primer año de acceso a la jubilación parcial, la reducción de la jornada laboral será entre el 20% y el 33%.
- Es obligatorio haber cotizado al menos 33 años a la Seguridad Social.
- Los últimos seis años deben haberse trabajado en la misma empresa.