Los nombres de bebé prohibidos por la ley en España: no cualquiera es válido
El artículo 54 de del Registro Civil establece qué tipos de nombre no se le puede poner a un recién nacido en nuestro país
Cada año, el INE nos ofrece muestras representativas de tendencias que suceden en nuestro país en materia de población y demografía, economía o industria, entre otros sectores de la sociedad. Y, sin duda, uno de nuestros estudios favoritos es el de los nombres más frecuentes u originales que reciben los bebés recién nacidos, ya que según el personaje ficticio o la celebrity de moda en un preciso momento, los seudónimos se disparan, como ya hicieron en su día Chenoa, Daenerys o Shakira.
Sin embargo, aunque por lo general es una decisión exclusiva de los padres, no cualquiera es válido. Esto se debe a que, en España, el nombre de los bebés se regula desde el año 1957 por medio de la ley del Registro Civil.
Es cierto que de un tiempo a esta parte la legislación se muestra cada vez más laxa a la hora de aceptar según qué denominación para un hijo o una hija, pero en caso de que el nombre propuesto sea rechazado y no se haga llegar otra nueva propuesta en menos de tres días, el Ministerio de Justicia tiene la potestad de intervenir y elegir un nombre para el niño o la niña.
Y es que el artículo 54 de la ley que venimos haciendo referencia es clara y establece ciertos requisitos:
- "No podrán consignarse más de dos nombres simples o más de uno compuesto"
- "Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo".
- "No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua".
Del mismo modo, y a pesar de que esta ley no lo recoja de forma explícita, tampoco se puede bautizar a un bebé con el nomber de alguna marca o firma comercial; ni con nombres completos que resulten populares (como Rafa Nadal), ni por el apellido. Ni los diminutivos (Anita) ni los acrónimos ni las siglas están permitidas.
Casos y excepciones
En los últimos días, hemos leído como una jueza de Vitoria se ha negado a aceptar el nombre de Hazia ( que significa 'Semilla' en euskera) que unos padres habían elegido para su hija al considerar que puede ser ofensivo para la misma.
Aunque la buena intención era referirse a la semilla que ponen "desde el amor a sus hijos", la magistrada ha alegado que 'Hazia' también puede utilizarse para decir 'Esperma' o "Crianza" -considerarlo ofensivo para la pequeña- y finalmente ha decidido que la pequeña se llame 'Zia', nombe procedente del latín con el mismo significado que el que habían elegido sus padres en euskera.
Como ha rescatado la Cadena SER, en 2016, una pareja de Madrid decidió llamar 'Lobo' a su bebé. Sin embargo, el juego se lo impidió al considerar que podría ser ofensivo para el bebé en el futuro. A pesar de que ellos quisieron ponerle este nombre por el amor que profesaban por este animal, el juez determinó que no era posible.
A pesar de que otros nombres como Paloma, León o Delfín están aceptados, el magistrado se negaba a darle validez a este nombre. No fue hasta varios días más tarde, cuando el caso ganó una importante repercusión a nivel nacional, cuando el director general de los Registros y del Notariado, Javier Gómez Gálligo, anunciaba que Lobo era admitido como nombre en el registro.
Si quieres poner nombres originales a tu futuro retoño, aquí te dejamos los más originales tanto para niño como para niña. Y también unisex.
Ana Escobar Rivas
Redactora de LOS40. Tu enciclopedia de memes de confianza. Soy la queso (la que sobrevive a base de...